Mathías Panizo Arana

Tras largas horas de espera, la Presidencia del Consejo de Ministros publicó en la noche de este martes 19 de setiembre el Decreto Supremo 105-2023 en el diario oficial El Peruano. De tal forma, nueve distritos -dos en Lima y siete en la provincia de Sullana, Piura- amanecieron bajo ante el incremento de la inseguridad ciudadana. La medida estará vigente por los próximos 60 días calendario. Es decir, hasta el 19 de diciembre.

La disposición considera a los municipios limeños de San Juan de Lurigancho y San Martín de Porres. En el caso de la provincia norteña de Sullana, serán los distritos de Sullana, Bellavista, Marcavelica, Salitral, Querecotillo, Ignacio Escudero y Miguel Checa. .

El ministro del Interior, Vicente Romero, realizó una conferencia de prensa casi a la medianoche, brindando detalles sobre la declaratoria del estado de emergencia. Destacó que en el 2023 se han capturado 50.800 requisitoriados, se han incautado 4.525 armas de fuego y se han desarticulado 8.479 bandas criminales.

Sin embargo, en los últimos días hemos vivido circunstancias de grave amenaza a nuestros ciudadanos en algunos puntos del país por parte de bandas y organizaciones criminales vinculadas al sicariato, la extorsión, trata de personas y la delincuencia internacional. Se ha llegado al extremo, incluso, de colocar bombas y granadas en locales abiertos al público, como se hacían los peores momentos del terrorismo. Como Gobierno, eso no lo vamos a permitir. Vamos a ser implacables e inflexibles”, sostuvo el titular.

Rueda de prensa
El ministro del Interior, Vicente Romero, presentó los alcances del Decreto Supremo que declara el estado de emergencia en San Juan de Lurigancho, San Martín de Porres y diversos distritos de la provincia de Sullana, Piura.

Derechos suspendidos

La aprobación del estado de emergencia, además de permitir el apoyo de las Fuerzas Armadas para la mantención del orden interno -según sea solicitado por la Policía Nacional del Perú (PNP)- también implica la restricción o suspensión de derechos fundamentales. En tal sentido, el Decreto Supremo señala la supresión de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales.

De manera concreta, quedaron prohibidos los eventos sociales y espectáculos entre la medianoche y las cuatro de la madrugada, únicamente en las jurisdicciones señaladas.

Declaratoria de emergencia en SJL, SMP y Sullana: ¿Qué significa y qué implica la medida?
La medida anunciada por Dina Boluarte busca hacerle frente al crimen organizado y la delincuencia.

Trabajo intersectorial

Además del apoyo institucional de los gobiernos descentralizados, la normativa también añade responsabilidades a la Superintendencia Nacional de Migraciones y a la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (Sucamec). Ambas son organismos públicos adscritos al Ministerio del Interior.

El artículo cinco del Decreto resalta que Migraciones apoyará “el reforzamiento del control e identificación de migración irregular en el ámbito territorial del presente decreto supremo y la posible comisión de infracciones en materia migratoria”. Por su parte, la Sucamec desarrollará “operativos que permitan determinar la vigencia de las licencias para portar armas y de las tarjetas de propiedad del armamento, y la posible comisión de infracciones en materia de armas de uso civil, así como de un censo de personal civil que presta servicios de seguridad privada”.

¿Se podría extender la medida?

El artículo 8 del Decreto Supremo faculta al Ministerio del Interior a expedir las medidas complementarias que sean necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en el presente decreto supremo. Cabe recordar que múltiples alcaldes exigen la ampliación del estado de emergencia a sus distritos.

Asimismo, el oficio determina que la PNP será la entidad encargada de coordinar con las fuerzas militares y los gobiernos regionales y locales para que “presten colaboración en el marco de sus competencias, a fin de ejercer el control territorial”. Igualmente, se tipifica que “las demás entidades públicas y privadas, así como las personas naturales y jurídicas, están obligadas a prestar apoyo a la Policía, cuando las circunstancias así lo requieran”.

Justicia y establecimientos penitenciarios

La medida determina que el Ministerio del Interior coordinará con la PNP, el Poder Judicial, el Ministerio Público (MP), el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para la instalación y/o fortalecimiento de las . Estas albergan en un mismo local a representantes de las cuatro instituciones: jueces, fiscales, agentes policiales y abogados de defensa pública. Estas operan las 24 horas del día, los siete días de la semana.

Asimismo, la promulgación autoriza a la PNP para coordinar con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio Público, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) y el Instituto Nacional Penitenciario (INPE). Esto con la finalidad de realizar operativos “para fortalecer el área de intangibilidad en el perímetro de los establecimientos penitenciarios y/o proteger su espacio aéreo, con la finalidad de fortalecer la seguridad penitenciaria”.

De igual manera, se señala que la PNP y el INPE ejecutarán operaciones al interior de los establecimientos penitenciarios en el marco de la lucha contra la delincuencia y la criminalidad organizada.

Exhortan priorizar la inteligencia

Cluber Aliaga, exministro del Interior, abogado y general en retiro de la Policía Nacional del Perú, sostuvo durante una entrevista con El Comercio que “las estadísticas y experiencias previas indican que [estas medidas] no han funcionado de manera óptima [anteriormente]”. El especialista detalló que la inteligencia y las capacidades de investigación por parte de las autoridades del orden son elementos más importantes y útiles para luchar contra el crimen organizado y la delincuencia, pero estas no se han desarrollado con el tiempo.

Por otro lado, el exjefe de la Dirección Contra el Terrorismo, José Baella, destacó a este Diario que la medida del estado de emergencia es “un derecho constitucional del Estado y, dada la magnitud que existe en estos distritos, creo que es necesario”. Sin embargo, resaltó que no se trata únicamente de incrementar el personal militar y policial, sino que se debe profundizar en “una estrategia integral y en la parte táctica”.

Aliaga enfatizó que la estrategia de incrementar -como única medida- al personal policial y militar en las calles es una propuesta anticuada. “La única manera de sacar de circulación a los cabecillas de las organizaciones criminales es con pruebas, con investigación criminal, con inteligencia operativa”, destacó el exministro. Opinó que la medida de sacar a los militares a las calles responde a una necesidad que tiene el Estado ante la ausencia de estrategias más asertivas.