Viernes, 15 de diciembre de 2006
Investigan denuncia sobre vientre de alquiler


Colegio Médico del Perú también inicia proceso de ética a dos médicos



El Ministerio de Salud inició una investigación administrativa para determinar en qué medida dos clínicas privadas involucradas en una denuncia periodística sobre vientre de alquiler en Lima pasaron por alto las normas vigentes, dijo el titular de este sector, Carlos Vallejos Sologuren.

Fue al referirse a los informes de la prensa local que recogieron la denuncia de un canal de televisión español, según la cual se habría descubierto casos de vientre de alquiler en Lima, práctica ilegal que contaría con la complicidad de médicos de reconocidas clínicas. Se involucra a los doctores Guillermo Benavides, ginecólogo de la clínica San Borja (ya suspendido por el directorio de este centro), y al director del Instituto de Ginecología y Fertilidad de Miraflores, Augusto Ascenzo.

ACTO MÉDICO
"No tenemos la capacidad de sancionar directamente al médico, pues por tratarse de un acto personal, corresponde al Colegio Médico del Perú pronunciarse al respecto. El ministerio lo que puede hacer es aplicar sanciones administrativas y por eso se ha iniciado una investigación", explicó Vallejos Sologuren. Las sanciones pueden ser desde un llamado de atención o el cierre temporal del local, anotó.

El director general de Salud de las Personas del Minsa, José Calderón, precisó que se visitará las clínicas involucradas en la denuncia, San Borja y el Instituto de Ginecología y Fertilidad de Miraflores, se cotejará las historias clínicas y revisará los procedimientos efectuados.

En tanto, el caso de los dos médicos ya es evaluado por el Colegio Médico del Perú y en un mes se tendrá un pronunciamiento definitivo al respecto, dijo su decano, Amador Vargas. El abogado Enrique Varsi Rospigliosi señaló que la maternidad sustituta --que involucra el vientre de alquiler-- no es un delito, y si bien está restringida por la Ley General de Salud y el Código Civil, no merece prisión porque no aparece en el Código Penal. "Sí es un delito fraguar el certificado de nacido vivo, la identidad y filiación del niño que nace mediante ese tipo de práctica", subrayó.

QUÉ DICE LA LEY
El artículo 7 de la Ley 26842 dice: Toda persona tiene derecho a recurrir al tratamiento de su infertilidad y a procrear mediante el uso de técnicas de reproducción asistida, siempre que la condición de madre genética y de madre gestante recaiga sobre la misma persona. La aplicación de dichas técnicas requiere el consentimiento previo y por escrito de los padres biológicos. Está prohibida la fecundación de óvulos humanos con fines distintos a la procreación y la clonación de seres humanos.





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