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Plantean reforma para que los delitos de corrupción no prescriban

13:51 | Bancada de UPP presentó un proyecto de reforma constitucional para que este delito en agravio del estado  no quede impune

(Andina).- La bancada de Unión por el Perú (UPP) presentó hoy un proyecto de reforma constitucional para establecer a futuro la imprescriptibilidad de los delitos de corrupción, cometidos por funcionarios públicos en agravio del Estado.

La iniciativa, promovida por el legislador Edgard Reymundo, propone modificar el artículo 41 de la Constitución e incorporar este tema en la Carta Magna. "En casos de delitos cometidos por funcionarios y servidores públicos contra el patrimonio del Estado o de organismos sostenidos por éste, no operan los plazos de prescripción", precisa la propuesta legal.

Según la exposición de motivos, por el bien de la sociedad y el pleno restablecimiento de la moral pública, se hace imprescindible eliminar la posibilidad prescriptoria para quienes, aprovechándose de su condición de funcionarios públicos, incurren en delitos contra el patrimonio del Estado.

Uno de los argumentos a favor de la imprescriptibilidad de los delitos de corrupción se sustenta en que esta fórmula legal es admitida para los delitos de lesa humanidad, genocidio y, crímenes de guerra.

"No es una cuestión nueva hacerla extensiva para otros delitos graves", señala el documento.

Mencionó, además, que el daño social causado por los delitos de corrupción tiene efectos desastrosos para el país.

"A pesar que la corrupción no ataca directamente al ser humano, como sucede en los delitos de genocidio, sin embargo, al atentar contra el Estado, indirectamente, ataca al pueblo en su conjunto y en especial a los sectores empobrecidos", precisa la iniciativa.

Agrega que los actos de corrupción en el fondo, constituyen un delito contra el patrimonio con el agravante de que este pertenece al Estado, es decir, de todos los peruanos.

Expertos opinan
Para el especialista Marciar Rubio, la imprescriptibilidad de los delitos que cometan los servidores y funcionarios públicos de todos los rangos y niveles contra el patrimonio del Estado haría imposible la impunidad del delito contra el caudal público, cosa muy importante para la vida futura del que delinque: nunca estará a salvo hasta que obtenga una sentencia absolutoria".

Por su parte, el constitucionalista Enrique Bernales refiere que "se puede sostener como conveniente la norma de imprescriptibilidad de los delitos contra el patrimonio del Estado".

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