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FF.AA. ya tienen reglas para uso e intensidad de la fuerza

7:39 | Se norma empleo de fuerza letal y no letal, y accionar en zonas de emergencia. Congreso realizará seguimiento.

Por Jorge Saldaña Ramírez

Las operaciones o acciones militares en el territorio nacional ya están reglamentadas. Así, el uso de la fuerza por parte de los efectivos militares será letal o no letal, de acuerdo con las circunstancias que enfrenten.

Ayer el Poder Ejecutivo publicó el Decreto Supremo 012-2008-DE/CFFAA, que reglamenta la Ley 29166, la cual regula la actividad de las Fuerzas Armadas en tres situaciones: en zonas declaradas en estado de emergencia cuando las FF.AA. asumen el control del orden interno, en zonas declaradas en estado de emergencia en apoyo a la Policía Nacional para el restablecimiento del orden interno y en circunscripciones no declaradas en estado de emergencia, también en apoyo a la Policía Nacional para el control del orden interno.

Así, pues, las situaciones que autorizan el uso de la fuerza letal --es decir, "el mayor nivel de intensidad de la fuerza, por el cual resulta probable causar el deceso de los agresores, siendo el último recurso que tiene el personal militar"-- son aquellas en las que las FF.AA. están en cumplimiento de la misión asignada, en caso de legítima defensa o frente a un acto hostil.

El uso de la fuerza no letal --"nivel de intensidad mediante el cual no se tiene intención de obtener resultados letales"-- se empleará cuando los efectivos militares enfrenten una intención hostil.

En este último caso, el personal militar está obligado a realizar sucesivamente acciones de advertencia (implican el desplazamiento de los efectivos militares en forma visible), acciones disuasivas (alerta de que el personal militar hará uso de la fuerza), acciones intimidatorias (el rastrillaje del armamento y disparos al aire) y acciones de rechazo (emplear fuerza no letal para hacer desistir a los posibles agresores).

INTERDICCIÓN AÉREA
El reglamento establece también las reglas para la interdicción, una de las cuales autoriza el uso de la fuerza letal para interceptar aeronaves que sobrevuelen el espacio aéreo y desacaten las disposición de aterrizaje.

Igual procedimiento se repetirá en el caso de vehículos sospechosos o de embarcaciones cuya tripulación no obedezca las disposiciones de detención para efectuar el registro y verificación de documentos y permisos.

El reglamento fija, además, las reglas de uso de la fuerza para proteger la propiedad pública, para recuperar el control de servicios públicos esenciales o puntos críticos vitales y para evitar saqueos y actos vandálicos contra locales estatales.

En caso de que hubiese heridos o muertos al término del uso de la fuerza, "se comunicará a la Policía Nacional y al Ministerio Público los hechos acontecidos en el menor tiempo posible".

Al respecto, el congresista de Somos Perú y actual vicepresidente de la Comisión de Defensa, Alberto Andrade, destacó que el Poder Ejecutivo hubiera cumplido con reglamentar la ley y aseveró que de ahora en adelante el Parlamento realizará una tarea muy minuciosa de seguimiento.

"Este tema fue discutido en la Comisión de Defensa y fue aprobado con los informes técnicos correspondientes. Eso sí, el uso de la fuerza por parte de los efectivos militares se sujetará a las normas que resguardan la defensa de los derechos humanos. La Comisión de Defensa debe y estará alerta (a su correcta aplicación)", alertó.

Por su parte, la parlamentaria fujimorista Luisa María Cuculiza manifestó que con esta norma se protegerá a las fuerzas del orden en su tarea de defender al Estado.

AL GRANO
"Ahora ya sabe todo el mundo a qué atenerse", dice el ministro de Defensa

- ¿Qué es lo que se quiere con este reglamento?
El reglamento se enmarca en lo que dice la Ley 29166 y lo que se busca es evitar el uso discrecional de la fuerza por quienes la emplean, en este caso, las Fuerzas Armadas. El reglamento distingue claramente los casos. Ya todo el mundo sabe ahora a qué atenerse. Las FF.AA. sabrán cómo actuar y los ciudadanos conocerán las ocasiones en que intervendrá el Ejército, la Marina y la Aviación.

- ¿Las FF.AA. estarán sujetas a la estricta observancia de los derechos humanos?
Así es. No es represión ni nada que se parezca. Son reglas bien claras para evitar abusos de uno y otro lado y para evitar que mañana se judicialicen casos que no tienen nada que ver.

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