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El director ejecutivo de la Comisión Andina de Juristas, Enrique Bernales, sostuvo esta tarde que ante el pronunciamiento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sobre el debelamiento del motín en el penal El Frontón, en 1986, no cabe discusión sobre que este hecho fue un crimen de lesa humanidad.
Ayer, el Tribunal Constitucional recibió los alegatos de los abogados de los deudos y del representante legal de Teodorico Bernabé Montoya, uno de los 24 marinos acusados por la matanza, con el fin de determinar si ya prescribió el Caso El Frontón, después de que el Poder Judicial aceptara un hábeas corpus que estipulaba que lo sucedido en dicho penal, durante el primero gobierno aprista, se trataba no de un delito de lesa humanidad, sino de un delito común.
En diálogo con elcomercio.com.pe, Bernales refirió que se debe distinguir entre la opinión de las personas y la de los organismos internacionales, cuyas decisiones son vinculantes. "Ya hay un pronunciamiento de un órgano jurisdiccional supranacional (CIDH) que ha hecho la calificación y esa es la válida, más allá de lo que las personas puedan opinar", expresó.
El jurista también comentó el llamado de atención que hizo el presidente del TC, Carlos Mesía, a los abogados de los familiares de las víctimas de El Frontón, Carlos Rivera y Juan Carlos Ruiz, miembros del Instituto de Defensa Legal (IDL), por haber puesto en duda la imparcialidad y autonomía de esta instancia, debido a que este magistrado es un militante aprista.
Bernales remarcó que este tipo de conductas "no es habitual", pues la reglas de comportamiento de un tribunal llaman más bien "a la parquedad y a lo estrictamente procesal. Las opiniones y los ejercicios de respuesta institucional no forman parte de un proceso. Esas cosas, cuando hay que aclararlas, se hace antes o después, pero no durante".
Sin embargo, subrayó que, a pesar de los temores de muchos sectores por la filiación aprista de Mesía y la simpatía hacia el partido de Gobierno del magistrado Fernando Calle, no se deben adelantar juicios sobre la decisión que tomará el colegiado, por lo que se tiene que aguardar el fallo, que sería resuelto en 30 días. "Siempre hay que esperar que prime la objetividad y el ejercicio de la responsabilidad del cargo", agregó.
"Tenemos un sistema en que el error judicial, en temas de derechos humanos, puede subsanarse. La Constitución establece con toda claridad que el TC está en capacidad de ver en última instancia todo lo relativo a la acción de amparo y hábeas corpus, y este es el caso", afirmó.